DescripciónURBANA: TRES-ALMIZCLE-9-TRES.- Apartamento de planta baja identificado con el número 1707 del Complejo HACIENDA RIQUELME GOLF RESORT, término municipal de Murcia, partido de Balsicas. Dirección catastral: CL HACIENDA RIQUELME VIAL C 8(R) Bl:3 Pl:00 1707 ALMIZCLE-9; C.P. 30590 SUCINA - MURCIA. Se distribuye en salón-comedor, dos dormitorios, cocina, cuarto de baño, zona de jardín y terraza. Tiene una superficie útil de 55,90 m2. Tiene una terraza que mide 20,65 m2 y la zona de jardín 18,85 m2. Anejo, PLAZA DE GARAJE señalada con el mismo número que el de la vivienda. CUOTA: Se le asigna una cuota de participación en su edificio de 4,45 %.
IDUFIR30030000956473
Direcciónc/ Almizcle, 9. Hacienda Riquelme Golf Resort. Sucina
Referencia catastral9252204XG7995S0053MQ
Situación posesoriaNo consta (Según decreto de subasta, no constituye la vivienda habitual de los demandados y no consta la situación posesoria. No obstante, según la certificación catastral, los demandados tienen fijado su domicilio en la misma urbanización)
VisitableNo consta (La inspección del inmueble solo puede ser autorizada por quien sea poseedor u ocupante actual del inmueble)
Inscripción registralFinca registral 5784. Registro de la Propiedad nº 7 de Murcia, Sección 5ª
CargasSe cancelan la carga registral que da lugar a esta subasta y todas las posteriores. Se mantendrán las cargas o gravámenes anteriores o del mismo rango, y quien se adjudique el inmueble se subroga en la responsabilidad que garantizan. Los interesados han de comprobar qué cargas existen y su estado actual. Además del precio ofrecido y esas posibles cargas, se han de abonar otros gastos e impuestos, por lo que antes de participar es conveniente consultar con expertos.
Información adicionalACEPTACION DE LAS CONDICIONES LA SUBASTA. Solo los usuarios registrados en este portal pueden acceder al edicto y a toda la documentación incorporada a la subasta. Su lectura y comprensión es obligada ya que quien participa como postor acepta las condiciones fijadas en el edicto y por la Autoridad Gestora. INICIO AUTOMATICO DE LOS PLAZOS PARA MEJORAR EL PRECIO FINAL. La posibilidad de mejorar el precio tras la subasta, prevista en el art. 670 LEC cuando no alcance unos porcentajes mínimos, comenzará de modo automático tras la subasta y sin necesidad de notificación expresa. Los demandados solo pueden mejorar en los primeros diez días hábiles desde el fin de la subasta. REPRESENTACION DE TERCEROS. Si el postor ha actuado en representación de otros, o conjuntamente con ellos, debe cumplir lo indicado por esta autoridad gestora en la información adjunta al edicto. DEVOLUCION DE DEPOSITOS A POSTORES CON RESERVA DE PUJA. Se controlarán especialmente, y se ordenará su devolución en cuanto se pague el precio o se compruebe que el mejor postor ha sido el ejecutante. COMPROBACION Y ERRORES EN LA DOCUMENTACION. La información publicada puede ser modificada mediante la incorporación de nueva documentación, por lo que tiene que comprobarse antes de realizar la primera puja. Si observa que la subasta sólo incorpora el edicto de la subasta o hay archivos que no concuerdan con ella, avísenos para subsanar el problema a la mayor brevedad.