Descripción- Identificación: Finca urbana nº 62.161 de Marbella inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Marbella, consistente en la plaza de garaje con trastero señalada como A2, sita en la planta sótano del Conjunto Residencial ¿OASIS DE NAGÜELES¿ en el término municipal de Marbella (Málaga).
- Localización de la vivienda: Calle Verdita-Arroyo Piedras nº 2 (B), Escalera 1, Planta -1, Puerta A2 CJT, OASIS DE NAGUELES, 29.602, Marbella (Málaga).
- Datos Registrales: Finca urbana nº 62.161 de Marbella inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Marbella, al Libro 817, Tomo 1.843, Folio 174, Inscripción 2ª.
- Código Registral Único (C.R.U.) o IDUFIR: 29041000580654
- Referencia Catastral: 7929101UF2472N0052MQ
- Superficie catastral construida: 50 metros cuadrados.
- Valor catastral del inmueble (2026): 13.449,37 €
- Descripción de edificación:
o Conjunto residencial formado por 50 viviendas adosadas en una división horizontal tumbada. Cada vivienda dispone de una planta sótano que se comunica con el sótano común en donde se ubica el garaje-trastero objeto de valoración.
o Calidad constructiva general: Buena y adecuada con el entorno de edificaciones que le rodea.
o Número de plantas bajo rasante: Una.
o Número de plantas sobre rasante: Planta baja más dos alturas.
o Equipamiento de parcela: Piscinas y zonas ajardinadas.
IDUFIR29041000580654
Referencia catastral7929101UF2472N0052MQ
Situación posesoriaNo consta
VisitableNo
Cargaso No constan cargas registrales subsistentes, tras la adjudicación del inmueble en subasta.
o Las cargas del inmueble constan en la certificación registral con información continuada de fecha 30-07-2026
Información adicional- El valor de la subasta no incluye los impuestos indirectos que gravan la transmisión de los bienes inmuebles. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, serán por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario exonera expresamente a la ORGA, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que existan pendientes de pago.
- Una vez sea firme en vía administrativa la resolución de adjudicación, se remitirán al adjudicatario:
* el mandamiento de cancelación de la anotación preventiva de embargo (Letra C) de fecha 18-03-2026 acordada por el órgano judicial que originó el remate, así como de todas las inscripciones y anotaciones posteriores; y
* un certificado de la adjudicación del inmueble que le servirá de título de dominio al objeto de proceder a su inscripción en el Registro de la Propiedad nº 3 de Marbella y proceder a la liquidación de los impuestos que correspondan.