DescripciónURBANA: NÚMERO SIETE – VIVIENDA en tercera planta alta, puerta siete, que ocupa una superficie útil de sesenta y ocho metros y setenta y cinco decímetros cuadrados y linda: frente, general de la edificación derecha, casa número treinta y cinco, izquierda, vivienda puerta ocho, rellano y hueco de escalera y patio de luces; y fondo, patrio de luces. CUOTA: 3,40%
IDUFIR46068000167484
DirecciónC/ SAN RAMÓN, 33, 3º, Pta. 7ª
Referencia catastral1974903YJ2617S0007MQ
Situación posesoriaNo consta
VisitableNo consta
Inscripción registralFinca Registral nº 6767, inscrita en el Registro de la Propiedad de Valencia DIECISIETE, tomo 501, libro 87 de Paiporta, folio 82, inscripción 3ª
CargasSin cargas
Información adicionalSe entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el depósito no será devuelto hasta que el Juzgado o Tribunal que haya anunciado la celebración de la subasta complete el proceso de adjudicación. El plazo para la devolución del depósito dependerá del proceso de adjudicación de la subasta, sin que se pueda precisar cuánto tiempo tardará en ser devuelto. El portal de subastas sólo publicará la puja más alta entre las realizadas y se admitirán posturas que sean superiores, iguales o inferiores a ésta. En estos dos últimos casos se entenderá que los postores que las realicen consienten que se reserve su consignación y sus posturas serán tenidas en cuenta en caso de que el licitador o licitadora que haya hecho la puja igual o más alta no consigne el resto del precio de adquisición.