Descripción(AVISO: La demandada también es usufructuaria de la otra mitad indivisa del terreno, que no es objeto de esta subasta y sobre la que existe una prohibición de disponer sobre la nuda propiedad que no será cancelada cuando se adjudique la parte subastada) Solo se subasta la MITAD INDIVISA del PLENO DOMINIO de una finca rústica de 1.257,73 m2, de la que la demandada es titular. Su descripción es la siguiente: RUSTICA: Una tierra estercolado, en el sitio de la Heredad, en la huerta y término de Caravaca. Dirección catastal: Polígono 82 Parcela 42 LOS PRADOS. CARAVACA DE LA CRUZ. De cabida 1.257,73 m2 (según catastro 1.395 m2), y linda: este y oeste, Angeles García Roselló y Pedro Angosto Jaén; sur, Melitona Elúm, interponiéndose un sangrador; y norte, testamentaría de Manuel Martínez Carrasco..
IDUFIR30001000013824
DirecciónPolígono 82, parcela 42.
Referencia catastral30015A082000420000SD
Situación posesoriaNo consta (Según Decreto de subasta, no consta la situación posesoria de la finca. La adquisición del derecho subastado puede no dar lugar a la inmediata entrega de la posesión del bien, al poder resultar afectados derechos de terceros no demandados en el presente procedimiento.
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VisitableNo consta (La inspección del inmueble solo puede ser autorizada por quien sea poseedor u ocupante actual del inmueble)
Inscripción registralFinca registral 3615. Registro de la Propiedad de Caravaca de la Cruz, Finca de Caravaca
CargasSe cancelan la carga registral que da lugar a esta subasta y todas las posteriores. Se mantendrán las cargas o gravámenes anteriores o del mismo rango, y quien se adjudique el inmueble se subroga en la responsabilidad que garantizan. Los interesados han de comprobar qué cargas existen y su estado actual. Además del precio ofrecido y esas posibles cargas, se han de abonar otros gastos e impuestos, por lo que antes de participar es conveniente consultar con expertos.
Información adicionalACEPTACION DE LAS CONDICIONES LA SUBASTA. Solo los usuarios registrados en este portal pueden acceder al edicto y a toda la documentación incorporada a la subasta. Su lectura y comprensión es obligada ya que quien participa como postor acepta las condiciones fijadas en el edicto y por la Autoridad Gestora. INICIO AUTOMATICO DE LOS PLAZOS PARA MEJORAR EL PRECIO FINAL. La posibilidad de mejorar el precio tras la subasta, prevista en el art. 670 LEC cuando no alcance unos porcentajes mínimos, comenzará de modo automático tras la subasta y sin necesidad de notificación expresa. Los demandados solo pueden mejorar en los primeros diez días hábiles desde el fin de la subasta. REPRESENTACION DE TERCEROS. Si el postor ha actuado en representación de otros, o conjuntamente con ellos, debe cumplir lo indicado por esta autoridad gestora en la información adjunta al edicto. DEVOLUCION DE DEPOSITOS A POSTORES CON RESERVA DE PUJA. Se controlarán especialmente, y se ordenará su devolución en cuanto se pague el precio o se compruebe que el mejor postor ha sido el ejecutante. COMPROBACION Y ERRORES EN LA DOCUMENTACION. La información publicada puede ser modificada mediante la incorporación de nueva documentación, por lo que tiene que comprobarse antes de realizar la primera puja. Si observa que la subasta sólo incorpora el edicto de la subasta o hay archivos que no concuerdan con ella, avísenos para subsanar el problema a la mayor brevedad.